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miércoles, 11 de noviembre de 2009

LA REC...destrucción DEL HECHO





Amen del toque humorístico que queríamos darle al post, también queremos expresar ciertas ideas que nos quedaron en la cabeza después de la clase de "Reconstrucción del Hecho".
Empecemos por lo principal, de que hablamos cuando hablamos de reconstrucción del hecho, podríamos decir que se trata de un medio de prueba más, que sitúa al juez en tiempo y espacio generando así una idea clara de como se fueron dando los acontecimientos en el caso (Es decir, le da una visión mas amplia de lo que supuestamente sucedió, o de lo que las partes dicen que sucedió, o mejor dicho lo que dicen los testigos que sucedió). Sin embargo, si hay algo que podemos ver es que la medida en sí es de compleja realización,y puede ser un arma de doble filo a la hora de realizarla.
Digamos que tenemos varios testigos, el imputado, camarógrafos, peritos, las partes y si seguimos contando hasta el Teto Medina puede aparecer en la escena para la reconstrucción de un hecho, ésto hace que sea una tarea muy difícil para los jueces lograr cierto "orden" en la realización de la misma. Pero esto no se debe la incompetencia de los mismos, sino a lo complejo del medio de prueba en sí, y a las limitaciones que posee cualquier personas.
No solo debemos tener en cuenta la complejidad de la medida probatoria, sino que muchas veces los individuos a participar en la misma, son reacios a hacerlo, los testigos están cansados de contar mas de 5 veces la misma historia ante cuanta persona se le cruce sea secretario, escribiente, juez, un amigo... Así como el paso del tiempo es un factor determinante a la hora de realizar un relato fiel a los acontecimientos, el hecho de repetir las cosas una y otra vez, generan en la persona, cierto deseo de finalizar cuanto antes.
Entonces, entre la complejidad que acarrea la medida en sí, la reticencia de la gente a participar, el transcurso del tiempo, la falta de compromiso muchas veces de los oficiales públicos que por cuestiones de celeridad procesal consideran esta medida innecesaria... ¿Cuál es su verdadera importancia dentro de un proceso? Discurrir acerca de la respuesta nos llevaría por ríos de tinta y derroche de palabras que no hacen a ésta publicación, pero si podemos decir a modo de breve reflexión, que si bien es verdad que ésta medida posee algunas problematicas a resolver a la hora de su realización,también es cierto que es una de las mas exactas para determinar y generar una idea mas clara con el fin de visualizar como se fueron dando los acontecimientos del caso.

Ignacio Blanco - Christian Calleja - Facundo Maccarone

6 comentarios:

maría paz vergara.- dijo...

Creo que es una buena herramienta para demostrar en el proceso nuestra teoria del caso, intentando mediante su utilizacion, convencer al juzgador de que nuestro relato sobre los hechos es el verdadero.
Tambien creo que no debe perderse de vista que, así como los protagonistas principales en este medio de prueba suelen ser los testigos, una buena preparación de ellos (fundamentalmente la entrevista previa)nos ayudará a discernir si este medio puede beneficiar nuestra teoria del caso o no.

maría paz vergara.- dijo...

pd: los videos están buenísimos...

a propósito...es posible la "reconstrucción del hecho", como si "el hecho" fuera uno, absoluto e indiscutible...o en verdad de lo que se trata es de confirmar la hipótesis que el juzgador tiene en su mente (cuando es él quien la ordena de oficio) o de demostrar una teoría del caso (cuando la solitian las partes)???

Anónimo dijo...

A mi también se me generó la duda de "las teorías del caso" vs "la historia del juez".
Así como considero que los jueces no tendrían que preguntar en las declaraciones testimoniales, porque ello puede perjudicar a las partes, creo que al ser los jueces quienes preguntan y llevan adelante la reconstrucción del hecho, la actividad de las partes queda desplazada y las teorías del caso, posiblemente arruinadas.
Por otro lado, tal como lo señalaron en el post, no me entra en la cabeza cómo un testigo puede acordarse, no sólo cómo estaba él, sino como estaban el resto de los actores del proceso. ¿Cómo uno se puede acordar algo que pasó hace bastante tiempo (teniendo en cuenta las duraciones actuales de los procesos) y que posiblemente duró segundos?. Tal como lo vimos una de las primeras clases en el ejercicio de los castillitos de madera las declaraciones de los testigos son últiles pero no son sumamente confiables. Creo que lo mismo ocurre con la reconstrucción del hecho.

Denise Bakrokar

Miguel dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Miguel dijo...

Hola! Muy buenos los videos... Estoy de acuerdo con ustedes cuando resaltan la importancia de la reconstrucción y creo que es notable como llega con mucho mayor énfasis al juez o a los miembros del tribunal respecto de muchos otros medios de prueba (ni hablar de la incorporación por lectura...). Saludos!

Miguel A. Fucarile

Anónimo dijo...

Para ilustrar la importancia de la reconstrucción de los hechos, no sólo como una forma de generar un impacto visual en el tribunal, sino como herramienta para comprender la secuencia de actos que dieron lugar al hecho y así ayudar a incorporar o desechar hipótesis, recomiendo ver la película "La vida de David Gale". En ella, la periodista que investiga el hecho reconstruye la escena (aunque cuenta con la ventaja de tener un video del hecho), cuidando la reproducción exacta de todos los detalles y poniéndose ella misma en el papel de la víctima. Es esa experiencia la que la ayuda a resolver el caso.
Concuerdo con lo ya dicho, me parece incorrecto que los jueces estén a cargo de todo, ya que las preguntas sólo debieran ser realizadas por las partes y el tribunal permanecer como un expectador. De lo contrario es lógico pensar que los jueces dirigrán la producción de la reconstrucción de manera que se ajuste a su propia "teoría del caso".

Mariela Paladino